Servicios

Representación legal en inmigración federal, en español y con un abogado con licencia. Elige el tema que se parece a tu situación. Si no estás seguro(a), descubre tu camino con unas preguntas simples.

Familia

Green Card por Matrimonio (dentro de EE. UU.): si la persona casada con un ciudadano estadounidense o residente permanente ya está en Estados Unidos, es posible que pueda solicitar la residencia sin salir del país. Cómo entró a Estados Unidos y su historial migratorio son importantes.

Green Card por Matrimonio (fuera de EE. UU.): si la persona que obtendría la residencia vive fuera de Estados Unidos, el camino normalmente pasa por el Centro Nacional de Visas y una entrevista en el consulado o la embajada de Estados Unidos.

Visa de Prometido(a) K-1: si una persona ciudadana de Estados Unidos y su prometido(a) que vive en el extranjero planean casarse, la visa K-1 podría permitir que el prometido(a) venga a Estados Unidos para casarse aquí y después solicitar la residencia.

Green Card para Hijos: un ciudadano o un residente permanente puede pedir la residencia para ciertos hijos. La categoría y la espera dependen del estatus del padre o la madre, y de la edad y el estado civil del hijo o la hija.

Green Card para Padres: un ciudadano estadounidense de 21 años o más puede pedir la residencia para su madre o su padre. Los padres de ciudadanos no esperan un cupo anual, pero el historial migratorio del padre o la madre puede cambiar el camino.

Green Card para Hermanos: un ciudadano estadounidense de 21 años o más puede pedir la residencia para sus hermanos. La espera suele ser de muchos años, por eso la fecha en que se presenta la petición es importante.

Protección humanitaria

VAWA: para ciertos cónyuges e hijos(as) que sufrieron maltrato físico o crueldad extrema de un(a) ciudadano(a) o residente permanente, y para padres o madres maltratados(as) por un(a) hijo(a) ciudadano(a) de 21 años o más. Si calificas, puedes iniciar el camino a la residencia sin la firma ni la participación de esa persona.

Visa U: para víctimas de ciertos delitos que sufrieron un daño físico o mental considerable y cuya ayuda a las autoridades cumple los requisitos del programa. Se necesita una certificación de una autoridad competente.

Visa T: para víctimas de trata de personas, ya sea laboral o sexual.

Conoce también la información sobre seguridad, asilo y casos en la corte en Protección humanitaria.

Ciudadanía y residencia

Ciudadanía: si ya tienes tu residencia permanente, es posible que puedas solicitar la ciudadanía, generalmente después de 5 años como residente, o de 3 años en ciertos casos de matrimonio con un(a) ciudadano(a) estadounidense.

Remoción de Condiciones (I-751): si obtuviste tu residencia por un matrimonio de menos de dos años y recibiste una green card condicional, este es el paso para quitar las condiciones y recibir una tarjeta de residente normalmente válida por 10 años.

Visitantes y trabajo

Visa de Turista y Negocios B-1/B-2: para visitas temporales de turismo, familia, tratamiento médico o ciertas actividades de negocios. No es un permiso para trabajar ni para quedarse a vivir en Estados Unidos.

Visa TN (México y Canadá): permite a ciudadanos(as) de México y de Canadá trabajar temporalmente en Estados Unidos en ciertas profesiones del T-MEC. Tu profesión, tu formación y la oferta de trabajo deben cumplir requisitos precisos.

¿No encuentras tu situación?

Cada caso de inmigración es distinto. Si tu situación no aparece aquí, agenda una consulta y la revisamos contigo. Por ahora, Visia no lleva casos en la corte de inmigración, casos de personas detenidas ni solicitudes de asilo; en Protección humanitaria encontrarás recursos públicos para esos casos.

Información general, no asesoría legal. Esta página no crea una relación abogado-cliente. Cada caso requiere una evaluación individual. Las tarifas, políticas y tiempos pueden cambiar. Actualizado: 14 de octubre de 2026.