Visa U para víctimas de ciertos delitos
Si fuiste víctima de ciertos delitos en Estados Unidos, sufriste un daño físico o mental considerable y has ayudado, estás ayudando o es probable que ayudes a las autoridades conforme a los requisitos del programa, la visa U puede darte estatus temporal, permiso de trabajo y, más adelante, la posibilidad de solicitar la residencia.
Si estás en peligro inmediato, llama al 911. Línea Nacional contra la Violencia Doméstica, 24 horas, en español: 1-800-799-7233.
Puedes revisar también cómo cuidar tu seguridad y privacidad al buscar ayuda.
¿Quién puede calificar?
- Haber sido víctima de un delito que califica, ocurrido en Estados Unidos, sus territorios o posesiones, o que violó una ley federal con alcance fuera del país. Algunos ejemplos son la violencia doméstica, la agresión sexual, el secuestro, la extorsión, el chantaje, la trata de personas y la obstrucción de la justicia. Algunos delitos, como la obstrucción, tienen requisitos adicionales para que se te considere víctima. También pueden calificar delitos con elementos sustancialmente similares, y ciertas tentativas, conspiraciones o solicitudes de cometerlos.
- Haber sufrido un abuso físico o mental considerable a causa del delito.
- Tener información sobre el delito.
- Haber ayudado, estar ayudando o ser probable que ayudes a las autoridades en la detección, investigación o proceso del delito. También se evalúa tu respuesta a solicitudes razonables de ayuda.
- Obtener una certificación (Formulario I-918, Suplemento B) firmada por una autoridad que certifica, como la policía, la fiscalía o un juez. La autoridad revisa si corresponde certificar según las reglas aplicables. La firma no garantiza la aprobación de USCIS.
Si eras menor de 16 años cuando ocurrió por primera vez un acto del delito, o no puedes aportar información o ayuda por incapacidad, en ciertos casos tu padre, madre, tutor(a) u otra persona que actúe en tu beneficio puede hacerlo por ti.
También debes ser admisible o recibir un perdón de las causas de inadmisibilidad que puedan perdonarse. Ciertos familiares pueden incluirse: tu cónyuge y tus hijos(as) solteros(as) menores de 21 años. Si tú eras menor de 21 al presentar la I-918, también pueden calificar tus padres y tus hermanos(as) solteros(as) menores de 18 años en esa fecha. Hay reglas de protección de edad y de continuidad del parentesco que revisamos individualmente.
Cómo funciona
- Certificación. Pedimos la certificación a una autoridad competente para detectar, investigar o procesar el delito. No siempre hace falta que haya una detención, acusación o condena.
- Petición. Presentas el Formulario I-918 con la certificación, tu declaración y las pruebas, y el I-918A para cada familiar. La certificación debe tener una firma de no más de seis meses al presentarla. Si tienes antecedentes migratorios o de otro tipo, puede hacer falta un perdón (I-192).
- Revisión de buena fe. Si vives en Estados Unidos, USCIS puede revisar inicialmente si tu petición está completa y cumple los criterios de una determinación de buena fe (bona fide determination). También revisa antecedentes y decide si corresponde otorgar acción diferida y permiso de trabajo. Según su guía actual, la concesión inicial es por cuatro años, pero puede terminar antes conforme a las reglas aplicables. No equivale a estatus U ni garantiza la aprobación final. USCIS recomienda presentar la I-765 junto con la I-918 o el Suplemento A.
- Cupo y revisión final. Hay un máximo de 10,000 concesiones de estatus U-1 o visas U-1 por año fiscal para solicitantes principales; los familiares derivados no cuentan en ese límite. No todos los casos pasan por una decisión separada de lista de espera. Si USCIS determina que calificas pero no hay cupo, pueden aplicar las reglas de esa lista.
- Estatus U y residencia. Si estás en Estados Unidos y USCIS aprueba la petición con un cupo disponible, recibes estatus U. Si estás fuera, normalmente se requiere el trámite consular y la admisión en ese estatus. Para solicitar la residencia se exige, entre otros requisitos, presencia física continua en Estados Unidos durante al menos tres años desde la admisión en estatus U y conservar ese estatus al presentar. También se revisan la ayuda a las autoridades y las razones humanitarias, de unidad familiar o de interés público. El tiempo de espera con acción diferida no cuenta como tiempo en estatus U.
Presentar la petición no da, por sí solo, estatus migratorio ni permiso de trabajo. Pueden existir medidas de protección según la etapa del caso, las normas y las órdenes judiciales aplicables. Si tienes una orden de deportación o contacto con ICE, necesitas una evaluación individual; no asumas que presentar detiene toda medida de inmigración.
Tu información y tu seguridad
Los casos de visa U tienen protecciones federales que limitan la divulgación de información, con excepciones legales. Puedes usar una dirección segura para la correspondencia. Revisamos cada formulario y acordamos cómo contactarte; estas medidas no garantizan que otra persona nunca se entere por otros medios.
Costo
Tarifas de USCIS, verificadas al 14 de octubre de 2026:
| Trámite | Tarifa |
|---|---|
| I-918, petición de visa U | Sin tarifa |
| I-918A, petición para un familiar | Sin tarifa |
| Permiso de trabajo por la revisión de buena fe | Sin tarifa |
Si presentas la I-192 ante USCIS como solicitante de estatus U, incluido un familiar derivado, la tarifa también es $0 en esa categoría al 14 de octubre de 2026. La exención no requiere una solicitud por bajos ingresos y no garantiza que se apruebe el perdón. Estos montos no incluyen honorarios legales ni posibles gastos de documentos. Verifica los importes al presentar en USCIS.
Los cambios de tarifas anunciados para el 16 de octubre de 2026 no modifican las exenciones de las categorías descritas aquí.
Nuestra tarifa: tarifa fija de representación. Te la damos en tu consulta y por escrito antes de empezar. Ofrecemos planes de pago.
Tiempo
El trámite puede incluir la certificación, la revisión inicial, una decisión sobre permiso de trabajo y acción diferida, y la revisión final sujeta al cupo anual. Cada etapa tiene su propia espera. Consulta los tiempos de procesamiento de USCIS y la página oficial del I-918. No existe un plazo garantizado.
Documentos que normalmente se necesitan
No necesitas tener todos estos documentos para consultar. La certificación sí es un requisito; para los demás puntos revisamos qué pruebas pertinentes puedes aportar sin ponerte en riesgo.
- ✓ La certificación firmada (Formulario I-918, Suplemento B).
- ✓ Reportes de policía, expedientes judiciales u órdenes de protección relacionados con el delito.
- ✓ Pruebas del daño: expedientes médicos o psicológicos, fotos, cartas de consejeros o albergues.
- ✓ Tu declaración personal sobre lo que ocurrió y tu ayuda a las autoridades.
- ✓ Documentos de identidad y, para tus familiares, pruebas del parentesco.
Lo que puede complicar tu caso
- Conseguir la certificación: algunas agencias tardan o la niegan.
- Un delito que no está en la lista de delitos que califican, o que ocurrió fuera de la jurisdicción de Estados Unidos.
- Tus propios antecedentes penales o migratorios, que pueden requerir un perdón.
- Acción diferida: es una decisión temporal de no proceder con la deportación; no es estatus migratorio. La política del 8 de mayo de 2026 mantiene reglas específicas para casos U, incluidas la revisión de buena fe y la lista de espera. Puede terminar conforme a las normas y órdenes judiciales aplicables; revisamos qué protección existe en tu caso.
- Un caso en la corte de inmigración o una detención. Visia no lleva casos en la corte; si es tu situación, te orientamos para buscar ayuda.
- Viajar fuera de Estados Unidos mientras tu caso está pendiente.
Estos temas necesitan el análisis de un abogado. Por eso revisamos tu historia completa antes de recomendar un camino. Conoce también las otras opciones de protección humanitaria.
Siguiente paso
Agenda una consulta confidencial con Visia. Dinos cómo es seguro contactarte.
Si tu consulta es sobre VAWA, visa U o visa T, puedes pedir una tarifa reducida de $75: escríbenos por WhatsApp o llámanos al (703) 344-7314 antes de agendar.
Información general, no asesoría legal. Esta página no crea una relación abogado-cliente. Cada caso requiere una evaluación individual. Las tarifas, políticas y tiempos pueden cambiar. Actualizado: 14 de octubre de 2026.