Visa T para víctimas de trata de personas

La trata de personas puede incluir el uso de fuerza, engaño o coacción para someterte a trabajo forzado, servidumbre o esclavitud, o para hacer que participes en actos sexuales a cambio de dinero u otra cosa de valor. La coacción puede incluir amenazas contra ti o tu familia y el uso de tu situación migratoria para controlarte. No es necesario cruzar una frontera para que exista trata. La visa T puede darte estatus temporal, permiso de trabajo y, más adelante, la posibilidad de solicitar la residencia. Si eras menor de 18 años y te usaron en actos sexuales comerciales, no hace falta probar fuerza, engaño ni amenazas.

Si estás en peligro inmediato, llama al 911. Línea Nacional contra la Trata de Personas, 24 horas, en español: 1-888-373-7888, o envía un mensaje de texto al 233733.

Puedes revisar también cómo cuidar tu seguridad y privacidad al buscar ayuda.

¿Quién puede calificar?

  • Haber sido víctima de una forma grave de trata de personas, laboral o sexual.
  • Estar físicamente en Estados Unidos, Samoa Americana o un puerto de entrada correspondiente a causa de la trata, según las reglas del programa. La trata puede haber comenzado después de tu llegada. No necesitas seguir bajo el control de quien te explotó; sí hay que explicar la relación entre tu presencia actual y la trata.
  • Cumplir con las solicitudes razonables de las autoridades para detectar, investigar o procesar la trata. Hay una exención si tenías menos de 18 años cuando ocurrió al menos uno de los actos de trata, y una excepción si un trauma físico o psicológico te impide cooperar.
  • Que tu deportación te causaría dificultades extremas con un daño grave e inusual.

Haber entrado sin inspección no te excluye por sí solo. También debes cumplir los requisitos de admisibilidad o recibir un perdón cuando esté disponible; puede corresponder el Formulario I-192.

No se exige la certificación policial que pide la visa U. Para T, la declaración de una autoridad en el I-914, Suplemento B, es opcional. Esto no elimina el requisito general de haber contactado a una autoridad con competencia sobre la trata y de responder a sus solicitudes razonables, salvo que aplique la exención por edad o la excepción por trauma. Podemos revisar contigo estas reglas y tu seguridad antes de decidir cómo proceder.

Ciertos familiares pueden incluirse. En general, tu cónyuge e hijos(as) solteros(as) menores de 21 años; si tú eres menor de 21 al presentar, también tus padres y hermanos(as) solteros(as) menores de 18. Hay reglas adicionales para ciertos familiares en peligro de represalias y para proteger la edad durante el trámite. Revisamos cada parentesco y fecha.

Cómo funciona

  1. Solicitud. Presentas el Formulario I-914 con tu declaración y las pruebas, y el I-914A para cada familiar que se incluya.
  2. Revisión de buena fe. Si estás en Estados Unidos, USCIS puede hacer una revisión inicial de tu solicitud y de antecedentes. Si determina que es de buena fe (bona fide) y que corresponde una decisión favorable, puede otorgarte acción diferida y permiso de trabajo mientras resuelve. Para ese permiso se necesita la I-765; USCIS recomienda presentarla junto con la solicitud T. Esta revisión no garantiza la aprobación del estatus T.
  3. Decisión. El límite es de 5,000 concesiones de estatus T-1 o visas T-1 por año fiscal para solicitantes principales; los familiares derivados no cuentan en ese límite. Si se aprueba tu estatus T-1, quedas autorizado(a) para trabajar por ese estatus y USCIS emite la tarjeta inicial.
  4. Residencia. Para el solicitante principal, normalmente se exige presencia física continua en Estados Unidos durante tres años desde la admisión en estatus T. Puede existir una vía antes de ese plazo si se cumple la presencia exigida durante la investigación o el proceso y el Fiscal General de Estados Unidos determina que han terminado. No basta con que un caso local parezca cerrado. Debes conservar el estatus T al solicitar y cumplir los demás requisitos, incluidos los de buen carácter moral, admisibilidad y cooperación o una alternativa legal. Los familiares derivados tienen reglas propias.

Presentar la solicitud no da, por sí solo, estatus migratorio ni permiso de trabajo. La acción diferida y otras protecciones dependen de la etapa del caso y de las reglas aplicables. Por ejemplo, cuando USCIS determina que una solicitud T es de buena fe, el reglamento suspende automáticamente la ejecución de una orden final de deportación. Esa suspensión dura hasta que una decisión adversa sea final; no cancela la orden. También pueden aplicar órdenes judiciales. Si tienes una orden, una audiencia o una detención, busca ayuda de un(a) abogado(a) que lleve esos asuntos.

Tu información y tu seguridad

Los casos de visa T tienen protecciones federales que limitan la divulgación de información, con excepciones legales. Puedes usar una dirección segura para la correspondencia. Revisamos cada formulario y acordamos cómo contactarte; estas medidas no garantizan que otra persona nunca se entere por otros medios.

Costo

Tarifas de USCIS, verificadas al 14 de octubre de 2026:

TrámiteTarifa
I-914, solicitud de visa TSin tarifa
I-914A, solicitud para un familiarSin tarifa

También están exentos de tarifa, en las categorías correspondientes, la I-765 por determinación T de buena fe y la I-192 presentada ante USCIS como solicitante T, incluidos derivados. No se requiere pedir una exención por bajos ingresos para esas categorías. Otros trámites se revisan por separado. Estos montos no incluyen honorarios legales ni posibles gastos de documentos. Verifica los importes al presentar en USCIS.

Los cambios de tarifas anunciados para el 16 de octubre de 2026 no modifican las exenciones de las categorías descritas aquí.

Nuestra tarifa: tarifa fija de representación. Te la damos en tu consulta y por escrito antes de empezar. Ofrecemos planes de pago.

Tiempo

El proceso puede incluir revisión inicial, controles de antecedentes, solicitudes de pruebas, una entrevista si corresponde y la decisión final. La residencia requiere otra solicitud. Consulta los tiempos de procesamiento de USCIS. No existe un plazo garantizado.

Documentos que normalmente se necesitan

No necesitas reunir todo antes de consultar. Podemos revisar qué pruebas tienes y cómo explicar la falta de documentos. No te pongas en riesgo ni contactes a quien te explotó para conseguirlos.

  • ✓ Tu declaración personal sobre lo que ocurrió.
  • ✓ Pruebas que tengas de la trata: mensajes, contratos, recibos, fotos, expedientes médicos, reportes de policía.
  • ✓ Una declaración de las autoridades, si la hay, otras pruebas de tu cooperación, o pruebas de que corresponde la exención por edad o la excepción por trauma.
  • ✓ Pruebas de que tu presencia actual se relaciona con la trata y del daño grave e inusual que sufrirías si te deportan.
  • ✓ Documentos de identidad y, para tus familiares, pruebas del parentesco.

Lo que puede complicar tu caso

  • Documentos que no están disponibles o que quedaron en manos de quien te explotó. Eso no significa, por sí solo, que no puedas presentar; revisamos otras pruebas que puedan servir.
  • El miedo a represalias contra ti o tu familia. Tu seguridad es lo primero.
  • Actos que te obligaron a cometer durante la trata. Es importante revisar la coacción, el contexto y cualquier antecedente con cuidado y sin juzgarte. Puede haber excepciones o perdones migratorios, pero no cubren todos los casos ni borran automáticamente una condena. La ley también tiene una prohibición específica relacionada con haber cometido actos de trata, que requiere análisis individual.
  • Órdenes de deportación anteriores o un caso en la corte de inmigración. Visia no lleva casos en la corte; si es tu situación, te orientamos para buscar ayuda.
  • Cambios de política sobre la acción diferida. Es temporal y no equivale a estatus T; su concesión o terminación debe respetar las normas y órdenes judiciales aplicables.

Estos temas necesitan el análisis de un abogado. Por eso revisamos tu historia completa antes de recomendar un camino. Conoce también las otras opciones de protección humanitaria.

Siguiente paso

Agenda una consulta confidencial con Visia. Dinos cómo es seguro contactarte.

Si tu consulta es sobre VAWA, visa U o visa T, puedes pedir una tarifa reducida de $75: escríbenos por WhatsApp o llámanos al (703) 344-7314 antes de agendar.

Información general, no asesoría legal. Esta página no crea una relación abogado-cliente. Cada caso requiere una evaluación individual. Las tarifas, políticas y tiempos pueden cambiar. Actualizado: 14 de octubre de 2026.